
Franquicia
El término franquicia se refiere a la cantidad de dinero que queda a cargo del asegurado, es decir, la cantidad que no te indemniza la aseguradora en caso de siniestro.
¿Es obligatoria la franquicia en caso de siniestro?
El pago de una franquicia no es sistemático. Con algunas aseguradoras, la indemnización se concede al asegurado sin necesidad de adelantar los gastos ni de pagar una cantidad adicional a la prima del seguro. Sin embargo, para conocer con precisión las condiciones de aplicación de una franquicia, es necesario consultar tu póliza.
¿LO SABÍAS?
El cálculo (importe o porcentaje) y la naturaleza de tu franquicia se notifican en tu póliza. Hay dos tipos de franquicias: la de valor “absoluto” y la llamada de valor “porcentual”. En el primer caso, la franquicia se deduce siempre de la indemnización que te paga la aseguradora. Por tanto, el asegurado no recibe nada si los daños son inferiores a la franquicia y solo recibirá lo que exceda su cuantía. En el segundo caso, la franquicia representa una especie de umbral por debajo del cual el daño queda a tu cargo. Una vez alcanzado este umbral, se te indemniza la totalidad.
De lunes a viernes de 9 h a 19 h